Abiertas las ayudas para la adecuación de terrazas en el sector turístico y restauración

25/03/2021 13:24

Título documento: BOCYL

Temas: Ayudas, Castilla y León, Hostelería, Restauración, Subvenciones, Turismo


El Bocyl publica hoy, 25 de marzo, el EXTRACTO de la Orden de 22 de marzo de 2021, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar la creación y adecuación de espacios seguros en establecimientos turísticos de Castilla y León. 

  1. OBJETO:

Estas subvenciones tienen por objeto convocar, en régimen de concesión directa, subvenciones destinadas a financiar la creación y adecuación de espacios seguros en establecimientos turísticos de Castilla y León, con la finalidad de dotar de liquidez a las empresas que por motivo de la pandemia hayan hecho frente a gastos derivados de la creación y adecuación de espacios seguros en establecimientos turísticos de alojamiento y restauración.

  1. BENEFICIARIOS:

Podrán obtener la condición de beneficiarios las empresas turísticas, ya sean personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes, que figuren inscritas en el Registro de Turismo de Castilla y León, como:

a)Titulares de establecimientos de restauración.

b)Titulares de establecimientos de alojamiento hotelero.

c)Titulares de posadas y hoteles rurales.

d)Titulares de establecimientos de camping.

e)Titulares de establecimiento de albergue en régimen turístico. 

Se entiende por empresas turísticas a las personas físicas y jurídicas que, en nombre propio y de manera habitual y con ánimo de lucro, se dedican a la prestación de algún bien o servicio turístico.

En el caso de las comunidades de bienes, deberán encontrarse en la situación que motiva la concesión de la subvención y el menos uno de los miembros debe estar establecido en la Comunidad de Castilla y León.

Quedan excluidas las sociedades públicas y entidades de derecho público, así como las entidades que no tengan ánimo de lucro.

  1. REQUISITOS:
  • Las empresas turísticas deberán estar inscritas en el Registro de Turismo de Castilla y León en el momento de la publicación del extracto de la convocatoria en el Bocyl.
  • El solicitante habrá de declarar por escrito cualesquiera otras “ayudas temporales” relativas a los mismos gastos subvencionables que haya recibido durante el ejercicio fiscal en curso.
  • Los beneficiarios deberán mantener activo el espacio seguro objeto de subvención por un plazo total de al menos seis meses desde la fecha de su concesión, sin perjuicio de las limitaciones de apertura que pueda establecer la autoridad competente.

No podrán obtener la condición de beneficiarios quienes tengan la condición de empresa en crisis a 31 de diciembre de 2019 o que estando en crisis en esa fecha se hubieran recuperado de dicha situación antes del momento en que se conceda la subvención; pudiendo concederse a empresas que no estén en crisis y/o a empresas que no estaban en crisis a 31 de diciembre de 2019 pero que sí lo estaban o empezaron a estarlo con posterioridad a consecuencia de la Covid-19.

Tampoco podrán obtener la condición de beneficiarios aquellas empresas que no acrediten el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o la no sujeción a la misma o, en su caso, la exención de dicha obligación.

  1. ¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?

Serán subvencionables aquellas actuaciones realizadas entre el 1 de junio de 2020 y el 15 de octubre de 2021, ambos inclusive, consistentes en:

a)Obras de cerramiento estable o instalación de elementos desmontables y móviles que sirvan de aislamiento, acotado del perímetro o protección, así como otros elementos móviles que cumplan esta función en los laterales, cubierta y/o suelo, tales como toldos, mamparas, cortavientos, parasoles y tarimas accesibles.

b)Todas aquellas actuaciones que sean necesarias para la adecuación estética y mejora de la imagen y funcionalidad del espacio seguro con criterios de homogeneización estética e integración en su entorno, mediante la renovación del mobiliario (mesas, sillas y jardines), instalación de sistemas de iluminación y de aparatos de climatización exteriores, así como actuaciones de mejora de la fachada exterior del local.

c)Redacción de proyecto y dirección facultativa de obra.

  1. CUANTÍA:

La cuantía total del crédito consignado es de 5.000.000 euros.

La cuantía individualizada de cada subvención se obtendrá detrayendo del importe total de los justificantes de gasto presentados los gastos no subvencionables, no pudiendo ser inferior a 900 euros ni superior a 50.000 euros. 

  1. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará el día 12 de abril de 2021 y finalizará el 2 de noviembre de 2021.

  1. PLAZO DE RESOLUCIÓN:

El plazo máximo para notificar la resolución será de seis meses a contar desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que haya dictado y notificado la resolución, los solicitantes podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo. 

Puede conocer toda la información detallada en el siguiente enlace:

https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Ayuda012/1285039294012/Propuesta

(Adjuntamos BOCYL)

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