Acuerdo Junta de Castilla y León: Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19

21/08/2020 11:30

Título documento: BOCYL medidas COVID-19 20/08/2020

Temas: Crisis del coronavirus, Sanidad


Durante el Consejo de Gobierno celebrado este jueves la Junta de Castilla y León ha aprobado nuevas medidas y restricciones para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19 en la comunidad recogidas en el Plan de Medidas de Prevención y Control covid-19.

Francisco Igea, vicepresidente de la Junta, apuntó que esta ampliación del catálogo de medidas para frenar la expansión de la enfermedad es debido al incremento considerable de los brotes y contagios producidos en el mes de agosto y para impedir en la de lo posible la expansión descontrolada del covid-19.

La Consejería de Sanidad estima necesario adoptar nuevas medidas de prevención y control que permitan la contención de la pandemia y la transmisión comunitaria en Castilla y León.

Estas nuevas medidas están estrechamente relacionadas con el control de aforos en cualquier actividad de ámbito público, además de otras que a continuación expongo brevemente:

  • Reforzar el uso de mascarillas, cumplimiento de la distancia de seguridad y las medidas de higiene ya que se han mostrado como las mas eficientes en la lucha contra el coronavirus.
  • El uso de mascarilla pasa a ser obligatorio en todo momento salvo durante el baño.
  • Limitaciones de aforo a aplicar en los diferentes sectores de actividad:
    • Como regla general se reducen los aforos máximos permitidos a los diferentes sectores del 75% al 50%.
    • La participación en los entierros pasa a un máximo de 50 personas.
    • En las ceremonias o celebraciones nupciales y otras celebraciones religiosas o civiles, se restringe la ocupación a un máximo de:
      • 150 personas en espacios al aire libre.
      • 100 personas en espacios cerrados.
  • Las visitas en grupo a museos, salas de exposiciones, monumentos y otros lugares culturales se reducen a un máximo de 10 personas.
  • Respecto a las actividades de hostelería, restauración y sociedades gastronómicas:
    • El aforo para consumo interior en los establecimientos no podrá superar el 50% en barra.
    • Si el consumo se realiza en mesa:
      • No podrá superar el 75% en el caso de salas de hasta 40 comensales.
      • Del 50% en el caso de salas habilitadas para más de 40 comensales.
    • Se prohíbe cualquier actividad de restauración que se desarrolle de pie.
    • Se mantiene el aforo máximo en terrazas del 80%.
  • En relación con la actividad del ocio nocturno se extiende la medida de cierre que incluye discotecas, salas de bailes y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo. Se permite a estos establecimientos la apertura de terrazas al aire libre, si las hubiera, en las mismas condiciones que el resto de terrazas de establecimientos de hostelería y restauración.
  • Se acuerdo el cierre de peñas al ser consideradas un foco de contagio.
  • Las actividades desarrolladas por sociedades gastronómicas, los establecimientos y locales de juego y apuestas y las atracciones de feria, se limita el horario máximo de apertura a la 01.00 horas.
  • Como criterio general no se permite la celebración de ningún evento no recogido en el Plan, que pueda constituir y concentrar una aglomeración de personas que comprometa el cumplimiento de las medidas de seguridad, tanto en espacios cerrados como al aire libre. No obstante, cabe la posibilidad de realizar este tipo de eventos previa autorización a través de una evaluación de riesgos por los órganos competentes de la Consejería de Sanidad.
  • En el ámbito del sector del transporte, prevé, como medidas preventivas evitar, si es posible, contactos entre el personal de conducción y el personal de las empresas cargadoras, logísticas y de transporte de mercancías, así como la prohibición de consumir alimentos en el transporte público de viajeros en trayectos de duración inferior a dos horas, todo ello con el fin de minimizar los riesgos de transmisión del covid-19 en dicho sector.
  • Procurar dar servicio preferente a las personas mayores de 65 años en determinados establecimientos y actividades profesionales.
  • Respecto a las actividades taurinas, prohibición del consumo de alimentos mientras dure la misma y asegurar la salida del público de forma escalonada.

Este nuevo paquete de medidas entrará en vigor desde las 00.00 horas del 22 de agosto de 2020 y mantendrán su eficacia mientras dure la situación de crisis sanitaria.

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BOCYL medidas COVID-19 20/08/2020

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