Aprobadas las medidas y recomendaciones para la vuelta al cole en Castilla y León

02/09/2020 12:55

Título documento: BOCYL

Temas: Castilla y León, Crisis del coronavirus, Educación, Legislación, Sanidad


La Junta de Castilla y León celebró el 31 de agosto un Consejo de Gobierno extraordinario en el que se aprobó el acuerdo por el que se da publicidad a la orden del ministro de sanidad, de 27 de agosto de 2020, por la que se aprueba la Declaración de actuaciones coordinadas en materia de salud pública frente al coronavirus para centros educativos durante el próximo curso.

Esta Declaración incluye un paquete de 23 medidas y 5 recomendaciones para su aplicación por las administraciones competentes.

Medidas:

  1. La actividad lectiva será presencial para todos los niveles y etapas del sistema educativo, priorizándola para el alumnado de menor edad, al menos hasta el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria. La suspensión de la misma se adoptará únicamente ante situaciones excepcionales.
  2. Los centros educativos asegurarán los servicios de: comedor, apoyo lectivo a menos con necesidades especiales o pertenecientes a familias socialmente vulnerables o en cierto grado de exclusión social.
  3. Se promoverán reuniones de coordinación y actividades no lectivas telemáticas.
  4. Se constituirá un grupo de coordinación y seguimiento para la evaluación de la pandemia.
  5. Los centros educativos designarán un responsable para los aspectos relacionados con la COVID-19 que actuará como intermediario con los servicios sanitarios.
  6. Se mantendrá una distancia de seguridad de al menos 1,5 metros.
  7. El uso de mascarillas será obligatorio a partir de 6 años, independientemente de que exista la distancia interpersonal.
  8. En infantil y en el primer ciclo de Educación Primaria, la organización del alumnado se establecerá en grupos de convivencia estable.
  9. Se evitarán actividades que conlleven la mezcla de alumnos de diferentes grupos en las que no se pueda mantener la distancia mínima interpersonal.
  10. Los eventos deportivos o celebraciones que tengan lugar en el centro, se realizarán sin público.
  11. Se realizará una higiene de manos de forma frecuente. Un mínimo de cinco veces al día.
  12. El alumnado recibirá educación para la salud.
  13. Se ventilará con frecuencia las instalaciones del centro.
  14. Se intensificará la limpieza.
  15. Los comedores deberán asegurar la distancia interpersonal y se asignarán puestos fijos durante todo el año.
  16. En el transporte escolar: obligatoriedad del uso de mascarilla a partir de 6 años y se asignarán asientos fijos para todo el curso.
  17. Ante la aparición de casos de coronavirus, las medidas de prevención y control que se llevarán a cabo son:
  • Evitar la asistencia al centro de personas sintomáticas.
  • Aislamiento y referencia al sistema sanitario de personas con síntomas.
  • Mantenimiento de la actividad extremando las precauciones hasta confirmar o descartar la infección.
  • Cuarentena de 14 o 10 días, de los contactos estrechos.
  1. El centro educativo informará a los padres de que los alumnos con cualquier tipo de síntoma no podrán acceder al centro.
  2. Se tomará la temperatura a todo el alumnado y al personal de forma previa al inicio de la jornada.
  3. No acudirán al centro educativo personas que tengan síntomas compatibles con el coronavirus.
  4. Los trabajadores vulnerables mantendrán las medidas de protección de acuerdo al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.
  5. Se informará y formará a los trabajadores sobre los riesgos de contagio y propagación de la COVID-19.
  6. La realización de actividades y modalidades formativas atenderán a los criterios de prevención y control establecidos para cada sector.

Recomendaciones:

  1. Se prioriza la utilización de espacios al aire libre.
  2. En las etapas educativas superiores al primer ciclo de Educación Primaria (de 6 a 8 años), el alumnado podrá organizarse en grupos de convivencia estable.
  3. La comunicación con las familias se realizará en la medida de lo posible de forma telemática.
  4. Se recomienda el transporte activo (andando, en bici, etc.).
  5. Se recomienda emprender acciones preventivas ante un posible caso de discriminación por COVID-19.

Entrada en vigor y vigencia:

El acuerdo producirá efectos desde las 00:00 horas del 1 de septiembre de 2020, hasta que se apruebe su finalización por el Ministro de Sanidad, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

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