Ayudas de la Junta para la contratación de personas en riesgo de exclusión

23/03/2021 10:34

Título documento: BOCYL

Temas: Ayudas, Castilla y León, Empleo, Laboral, Subvenciones


El Bocyl publicó el pasado viernes, 19 de marzo, el EXTRACTO de la Orden de 15 de marzo de 2021, de la Consejería de Empleo e Industria, por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación de los costes salariales de los trabajadores en situación o riesgo de exclusión social en las empresas de inserción para el año 2021. 

  1. OBJETO:

Convocar subvenciones para el año 2021, dirigidas a financiar parcialmente los costes salariales a cargo de la empresa de los trabajadores en situación o riesgo de exclusión social en las empresas de inserción laboral.

  1. ¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?

Serán subvencionables los costes salariales a cargo de la empresa correspondiente al puesto de trabajo de las personas en situación o riesgo de exclusión social.

El período subvencionable total comprende desde el 1 de agosto de 2020 hasta el 31 de julio de 2021, ambos inclusive.

No se consideran subvencionables los costes salariales de los trabajadores con jornada a tiempo parcial inferior al 50% de la jornada a tiempo completo prevista en el convenio colectivo de aplicación o en su defecto, de la jornada máxima legal.

Tampoco se consideran subvencionables las indemnizaciones, dietas, suplidos, situaciones de incapacidad temporal del trabajador o similares.

  1. BENEFICIARIOS:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas de inserción laboral que estén calificadas como tal y que desarrollen su actividad en el territorio de la comunidad de Castilla y León.

  1. CUANTÍA:
  • La cuantía consistirá en el abono de una cantidad máxima equivalente al 50% del salario mínimo interprofesional vigente en cada anualidad, correspondiente al puesto de trabajo que realice o haya realizado.
  • A efectos del cómputo de subvención cuando el trabajador esté en alta el mes completo se subvencionará 30 días, independientemente de los días naturales del período.

Cuando el trabajador no esté en alta el mes completo, el cálculo se realizará en función de los días trabajados, teniendo como referencia una mensualidad de 30 días.

  • En el supuesto de contrato de trabajo a tiempo parcial, la subvención experimentará una reducción proporcional a la jornada laboral realizada.
  • Serán subvencionables dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores.
  1. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Las solicitudes para las subvenciones de costes salariales correspondientes al primer período subvencionable que comprende desde el día 1 de agosto de 2020 al 31 de enero de 2021 podrán presentarse desde el día de la publicación del Extracto en el Bocyl (19 de marzo de 2021), hasta el día 31 de marzo de 2021.

Las solicitudes para las subvenciones de costes salariales correspondientes al segundo período subvencionables que comprende desde el día 1 de febrero de 2021 hasta el 31 de junio de 2021, podrán presentarse desde el día 1 al 17 de septiembre de 2021. 

Puede conocer toda la información detallada en el siguiente enlace:

https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Ayuda012/1285037344469/Propuesta

(Adjuntamos BOCYL)

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