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07/04/2020 11:09
Título documento: Modelo de solicitud del bono social eléctrico
Temas: Autónomos, Bonificación, Crisis del coronavirus, Energía
El Ministerio de Transición Ecológica ha regulado la forma en que los trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad o la hayan visto reducida por la actual crisis pueden solicitar acogerse al bono social eléctrico para tener un descuento en su factura de la luz.
Así lo establece la Orden Ministerial que publicó el BOE y que entró en vigor el sábado, 4 de abril, medida incluida en el paquete de ayudas económicas aprobadas por el Gobierno. La Orden también publica el modelo de solicitud que los autónomos afectados deberán utilizar para pedir acogerse al bono social y la correspondiente reducción del precio de la electricidad. (Lo adjuntamos en documentos asociados).
A los trabajadores autónomos que adquieran la condición de consumidor vulnerable se les aplicará un descuento del 25% sobre la factura de luz durante un máximo de 6 meses, siempre que den las condiciones recogida en el Real Decreto-ley 11/2020.
Para adquirir la condición de consumidor vulnerable, será necesario:
– 2,5 veces el IPREM (18.799 €) en los supuestos en los que no haya menores en la unidad familiar.
– 3 veces el índice IPREM (22.558,77€) en el caso de que haya un menor en la unidad familiar;
– 3,5 veces el índice IPREM (26.318,57€), en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar.
En el caso particular de que el trabajador autónomo haya tenido que cesar su actividad, debe aportar para acreditarlo un certificado expedido por la Agencia Tributaria, o el correspondiente órgano competente de su comunidad, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.
Una vez se reciban las solicitudes correctamente cumplimentadas y con toda la documentación acreditativa, la eléctrica tendrá un máximo de cinco días hábiles para comprobar los datos y comunicar mediante correo electrónico al consumidor que se cumplen los criterios para la aplicación del bono social y la fecha a partir de la cual se aplicará.
El bono social se devengará a partir del primer día del ciclo de facturación en el que tenga lugar la recepción de la solicitud completa con la documentación acreditativa.