La Junta amplía las medidas restrictivas en todo el territorio de Castilla y León

16/10/2020 13:26

Título documento: BOCYL

Temas: Castilla y León, Crisis del coronavirus, Hostelería, Legislación, Sanidad


La Junta de Castilla y León aprobó ayer, 15 de octubre de 2020, un Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, que recopilan las obligaciones que han de seguirse con el fin de evitar la transmisión comunitaria del virus.

La desfavorable situación epidemiológica y sanitaria, puesta de manifiesto con las últimas restricciones a la movilidad y al contacto social en algunos municipios castellanos y leoneses, obliga a la Junta a adoptar nuevas medidas de prevención y control, de obligado cumplimiento en toda la comunidad.

Las nuevas medidas para toda la Comunidad Autónoma son las siguientes:

CONSUMO DE TABACO Y ASIMILADOS

  • No se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre, si no se puede mantener una distancia de seguridad de, al menos, 2 metros.
  • No se podrá fumar en terrazas, veladores o similares.
  • Limitaciones también para el uso de cualquier otro tipo de dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas, cigarrillos electrónicos, vapeadores o asimilados.

REUNIONES DE CARÁCTER SOCIAL O FAMILIAR

  • Se reducirá a un número máximo de 6 personas, las reuniones de carácter social o familiar, tanto en espacios públicos como privados, salvo que se trate de convivientes.
  • Excepto en caso de actividades laborales e institucionales o actividades con límites y medidas específicas.

 ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN Y SOCIEDADES GASTRONÓMICAS

  • El aforo en el interior del establecimiento no podrá superar el 75% en las salas de hasta 40 comensales, y el 50% en salas de más de 40 comensales.
  • Prohibido el consumo en barra o de pie dentro del local.
  • El consumo en el interior del local deberá realizarse sentado en mesa, con un máximo de 6 personas.
  • Tanto en el interior como en las terrazas al aire libre, deberá garantizarse una distancia mínima entre mesas de 1,5 metros.

Entrada en vigor: desde las 00:00 horas del 17 de octubre de 2020.

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