La Junta convoca ayudas para trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contrato de trabajo o de reducción de jornada

15/07/2022 09:46

Título documento: BOCYL

Temas: Ayudas, Castilla y León, Empleo, ERTE


El BOCYL publicó ayer, 14 de julio, el EXTRACTO de la Orden de 7 de julio de 2022,  de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convoca para el año 2022 una línea de ayuda destinada, en el ámbito de Castilla y León, a trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contrato de trabajo o de reducción de jornada, procedentes de empresas en crisis.

La Consejería de Industria, Comercio y Empleo ha convocado una línea de ayuda para el año 2022 dirigida, en el ámbito de Castilla y León, a trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contrato de trabajo o de reducción de jornada, procedentes de empresas en crisis, incluidos los fijos discontinuos, con el objeto de paliar el impacto económico y compensar la pérdida de poder adquisitivo.

  1. BENEFICIARIOS:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas trabajadoras que cumplan los siguientes requisitos:

Estar afectado por uno o varios expedientes de regulación de empleo de suspensión de contrato de trabajo o de reducción de la jornada y siempre que la afectación tenga lugar durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de junio de 2022.

También podrán ser beneficiarios los siguientes trabajadores con contrato indefinido fijo discontinuo que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:

  • Aquellos cuya actividad haya finalizado antes de lo previsto en su contrato.
  • Aquellos cuyos contratos hayan sido interrumpidos.
  • Aquellos que se encuentren en periodo de inactividad productiva, a la espera de la llegada de la fecha en la que procederá su llamamiento y reincorporación efectiva, cuando la misma haya sido aplazada.

Siempre que las referidas circunstancias sean consecuencia de un expediente de regulación de empleo de suspensión de contrato de trabajo o de reducción de la jornada, en los mismos términos que se recoge el párrafo primero de este apartado.

  1. CUANTÍA:
  1. La ayuda económica se establecerá como una cuantía fija, determinada por el intervalo al que el beneficiario pertenezca. Dicho intervalo se configura en función del número de jornadas completas de suspensión según el siguiente criterio:
    1. Intervalo 1: Entre 30 y 49 jornadas completas de suspensión: 300 euros.
    2. Intervalo 2: Entre 50 y 69 jornadas completas de suspensión: 500 euros.
    3. Intervalo 3: 70 jornadas o más completas de suspensión: 700 euros
  1. En el caso de que el expediente de regulación temporal de empleo establezca la reducción de la jornada laboral, a los efectos de calcular la jornada completa de suspensión se traducirá el total de horas de reducción a jornadas completas, no teniéndose en consideración la fracción de jornada resultante en su caso.
  2. Para aquellos trabajadores con contrato de trabajo a tiempo parcial, o con contrato de trabajo a tiempo completo con reducción de jornada que se vean afectados por la suspensión del contrato de trabajo, en una empresa, se procederá a la reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.
  1. En todo caso para determinar la referida cuantía se estará a lo establecido en el apartado decimocuarto de la presente orden, no pudiendo superar la cantidad a conceder el 100% de la retribución bruta mensual del trabajador.
  1. PLAZO DE PRESENTACIÓN:

El período de presentación de las solicitudes será desde el día 18 de julio de 2022 a las 00:00 horas, hasta el 19 de agosto de 2022 a las 14:00 horas.

Puede encontrar toda la información detallada, así como los anexos y la documentación que necesita en el siguiente enlace: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Ayuda012/1285187525802/Propuesta

(Se adjunta BOCYL y cuadro explicativo)

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