La Junta convoca ayudas por 3,6 millones € para impulsar la industria 4.0 en Castilla y León

31/03/2021 13:41

Título documento: BOCYL

Temas: Ayudas, Castilla y León, Digitalización, Empresa, Industria, pymes, Subvenciones, TIC


El BOCYL publica hoy el EXTRACTO de la Orden de 28 de marzo de 2021, de la Consejería de Empleo e Industria, por la que se convocan subvenciones para el año 2021 dirigidas al fomento de la industria 4.0 o digitalización industrial en Castilla y León.

Esta línea de ayudas cuenta con un presupuesto de 3.600.000 euros, para las anualidades 2021 y 2022, y pretende ayudar a las empresas industriales de la comunidad a introducir en sus procesos productivos nuevas tecnologías digitales tales como la robótica, la inteligencia artificial, la automatización de procesos o el internet de las cosas.

  1. OBJETO:

Estas subvenciones tienen por objeto promover la realización de proyectos relacionados con la Industria 4.0 en la Comunidad de Castilla y León.

Se pretende mejorar la productividad y competitividad de las empresas, mediante la transformación digital de sus procesos, productos o modelos de negocio, incentivando la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica, así como las inversiones en maquinaria y equipamiento avanzado (hardware y software).

  1. BENEFICIARIOS:

Podrán beneficiarse de estas ayudas todas las empresas industriales de cualquier tamaño (PYME o gran empresa), que estén válidamente constituidas y que cuenten con algún centro de trabajo en Castilla y León y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Haber presentado una comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o en su caso declaración responsable o solicitud de autorización de actividad, y cumplir los requisitos necesarios para su inclusión en el Registro Industrial de Castilla y León. Tanto la comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración Pública de Castilla y León, o la declaración responsable o la solicitud de autorización de actividad deberá haber sido presentada con anterioridad a la presentación de la solicitud.
  • La industria deberá tener más de dos años de antigüedad previa a la publicación de la presente convocatoria.
  • Solicitar esta subvención para un proyecto subvencionable que cumpla los requisitos establecidos.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • No encontrarse sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
  • Cumplir con la cuota reservada de puestos de trabajo para personas con discapacidad.
  • Cumplir con la obligación de contar con un plan de igualdad.
  1. CUANTÍA:
  • La subvención será a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables.
  • El porcentaje de subvención concedido será el 50% de los costes considerados subvencionables, por todos los conceptos.
  • El porcentaje de subvención se incrementará en un 10% adicional para aquellos proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo ubicado en alguna de las zonas con Programas Territoriales de Fomento vigentes.
  • La cuantía subvencionable imputable a las colaboraciones externas no podrá exceder del 25% del total de la subvención concedida.
  • Se fija un límite máximo de subvención por proyecto de 150.000€, para los gastos considerados subvencionables.
  • Se fija un límite mínimo de subvención por proyecto de 30.000€, para los gastos considerados subvencionables.
  • El importe de las ayudas sujetas al Reglamento de mínimis, concedidas a una única empresa y sus vinculadas, no excederá de 200.000 euros, a lo largo de un periodo de 3 ejercicios fiscales.
  1. PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES:

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del extracto en el Bocyl, es decir, el 1 de abril de 2021, y finalizará el 14 de mayo de 2021 (inclusive). 

  1. PLAZO DE RESOLUCIÓN:

El plazo para resolver la convocatoria y notificarla será de 6 MESES contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado y notificado resolución expresa, la solicitud se entenderá DESESTIMADA por silencio administrativo. En la resolución de concesión deberá constar la cuantía de la subvención concedida.

Puede conocer toda la información detallada en el siguiente enlace:

https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Ayuda012/1285041238341/Propuesta

(Se adjunta BOCYL)

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