Los establecimientos de ocio nocturno podrán abrir como bares y restaurantes

04/09/2020 11:50

Título documento: BOCYL

Temas: Castilla y León, Crisis del coronavirus, Hostelería, Legislación, Ocio


El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, celebrado ayer 3 de septiembre, ha aprobado un Decreto-Ley por el que se modifica la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad, con el objetivo último de permitir la compatibilidad de actividades en establecimientos e instalaciones destinadas a la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas.

El nuevo Decreto-Ley busca favorecer la reactivación del sector, ampliando las posibilidades de ejercicio de actividad económica de los titulares de establecimientos e instalaciones destinados a la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas.

Con la aprobación de este Decreto Ley los establecimientos podrán ejercer diversas actividades recreativas, siempre que se cumplan las previsiones normativas sobre contaminación acústica, protección de menores y, en su caso, las exigencias sanitarias y de seguridad alimentaria.

Sirva como ejemplo, los denominados bares de ocio nocturno, catalogados como actividades de ocio y entretenimiento, podrían ejercer la actividad de hostelería y restauración, al poder compatibilizar en sus locales sendas actividades.

La presente orden entrará en vigor el 4 de septiembre de 2020 a las 00.00 horas.

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