Los gestores empresariales se ponen al día en materia ESG y en la nueva Ley de protección al denunciante

29/03/2023 12:07

Temas: Abogados, Compliance, Empresa, Igualdad, Jornada, Legislación, medio ambiente, Protección Datos, pymes, RSC, Sostenibilidad


Ante la normativa cada vez más exigente con las empresas y organizaciones por parte de la legislación europea y española, especialmente en las áreas medioambiental, social y de gobierno corporativo, el CEL y la empresa asociada Leasba Consulting han impartido hoy, 29 de marzo, la Jornada informativa Compliance y Sostenibilidad, el futuro ya es presente: El triple enfoque ESG, con mención especial a la Ley 2/2023 de protección al informante.

José Luis Sánchez Calvo, abogado especialista en Derecho Digital, Privacidad, Compliance, ESG de Leasba Consulting, fue el encargado de desgranar los conceptos clave para el necesario cumplimiento de determinados criterios relativos a la sostenibilidad y al buen gobierno corporativo por parte de las empresas, obligaciones que entraron en vigor el pasado 5 de enero por parte de la Directiva Europea y que se traspasarán al ordenamiento jurídico español de forma inminente.

Estas obligaciones son ya un hecho para empresas a partir de 50 trabajadores, y progresivamente se harán extensivas a todas. Algunos ejemplos los tenemos en la exigencia de determinación de la huella de carbono, de contar con un Programa de cumplimiento en Privacidad y Protección de Datos, con un Programa de Prevención de Delitos Corporativos, con un Plan de Igualdad o con la reciente entrada en vigor de la Ley 2/2023 de protección al informante.

José Luis Sánchez Calvo se centró en la explicación de esta Ley 2/2023 de protección al informante ya que desde el pasado 13 de marzo está en vigor en España esta norma que obliga las empresas a disponer de un canal de denuncias interno para el equipo.

En breve, disponer de un canal de denuncias será obligatorio para las empresas con más de 50 empleados y deberán garantizar la protección del informante y la confidencialidad de su identidad y la de cualquier tercero citado en su comunicación, así como de las actuaciones que se desarrollen. Los informantes tienen derecho a protección siempre que tengan motivos razonables para pensar que la información que transmiten es veraz y si su comunicación se realiza conforme a los requerimientos legales.

Se trata de un tema que abre un nuevo escenario hasta ahora desconocido que permitirá comunicar cualquier irregularidad conocida en las organizaciones, contemplando nuevas y numerosas obligaciones para las empresas, tanto legales como técnicas, lo que va a suponer un punto de inflexión a la hora de concebir el cumplimiento normativo.

 

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