Pros y contras del criterio de caja del IVA

10/12/2013 11:40

Temas: Impuestos


Con la entrada del próximo año empezará a funcionar el criterio de caja del IVA, una de las joyas de la corona de la Ley de Emprendimiento. Desde el primero de enero de 2014 las empresas que se hayan acogido a este sistema podrán liquidar el impuesto en función de la fecha de pago de las facturas y no cuando se emitan.

En principio, una oportunidad muy atractiva pero que encierra importantes requisitos y obligaciones que la desincentivan. Se limita el tamaño de aquellas empresas que pueden acogerse a este sistema a una facturación inferior a 2 millones. Además del tamaño, se excluirán aquellas empresas que lleguen a acumular de un mismo cliente/proveedor más de 100.000€ cobrados en efectivo en el ejercicio automáticamente anterior.
Al ser voluntario, las empresas han de comunicar durante el mes de diciembre su incorporación a este sistema, notificando de ello a la Agencia Tributaria y sabiendo que se comprometerá por un periodo de tres años.

Las empresas que se acojan lo hacen tanto de facturas emitidas como recibidas obligando al cliente/receptor a la utilización de este criterio aunque no hubiera optado por ello. Los libros registro cambiarán ampliando la información ya que han de registrar la fecha de cobro/pago y el medio utilizado para ello.

 

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