Varapalo judicial a la aplicación de convenios denunciados y no renovados

11/04/2014 11:10

Temas: Hostelería, Turismo


El sector de hostelería de León asociado al CEL aplaude la sentencia del TSJ de CyL pero llama a las partes a negociar un nuevo convenio provincial.

 

La reciente Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 3 de abril de 2014, dictada en recurso de suplicación interpuesto por TARPEIA Abogados & Economistas SLP, Bufete jurídico asociado al CEL, es el primer pronunciamiento judicial en nuestra Comunidad Autónoma que mantiene una interpretación contraria a la que han venido sosteniendo la Audiencia Nacional y otros Tribunales Superiores de Justicia al defender la aplicación en situación de ultraactividad de los convenios colectivos anteriores a 2012 cuya vigencia temporal ya hubiera finalizado pero que, tras haber sido denunciados, no habían sido renovados.

 

En concreto, la sentencia indicada, establece que el Convenio Colectivo de Hostelería y Turismo de la provincia de León, aplicable a unos ocho mil trabajadores del sector, que finalizó su vigencia el 31 de diciembre de 2010 y que preveía expresamente su denuncia automática y su aplicación a partir de tal fecha de forma indefinida hasta que entrara en vigor el nuevo, no debe entenderse ni vigente ni aplicable en atención a las nuevas previsiones legales derivadas de la reforma laboral de 2012.

 

Aunque dictada en un supuesto singular, la sentencia presenta una gran trascendencia, pues pone de manifiesto el criterio adoptado en Castilla y León y que, en el futuro, podría reiterarse respecto de muchos otros convenios de sectores distintos y que se encuentran en una situación similar. Más allá de la incertidumbre de sus efectos sobre los contratos de trabajo y de cuáles deban ser las condiciones aplicables en lo sucesivo, tiene la virtualidad de evitar la perpetuación de los convenios colectivos antiguos, poco o nada adaptados a una realidad económica y social muy diferente a la existente en la fecha en la que se suscribieron, así como incentivar a los interlocutores sociales para la firma de un nuevo convenio que aporte seguridad jurídica a las empresas y los trabajadores.

 

El vicepresidente y representante del sector de Hostelería y Turismo del CEL, Julio Álvarez, ha mostrado su satisfacción por dicha sentencia “ya que el convenio de León está entre los cuatro más altos de España cuando la realidad provincial es muy distinta. No parece lógico que un camarero en León cobre un 18% o un 20% más que en Valladolid o en Madrid, por poner un ejemplo, cuando el nivel de vida y de precios es muy diferente entre estas provincias”, aunque matiza que la “laguna legal” en la que ahora estamos tampoco es buena por lo que hace un llamamiento a las partes para sentarse a negociar un nuevo convenio colectivo provincial que aplique la lógica, que se ajuste a las necesidades actuales y que dé seguridad jurídica tanto a las empresas y profesionales del sector como a los trabajadores.

 

Julio Álvarez señala que el sector hotelero y hostelero es una actividad muy importante para la economía provincial que está siendo muy castigada y que la mayor parte de profesionales y empresas del sector han venido reclamando la adecuación del nivel de salarios y la aplicación de figuras contractuales como la de aprendiz o de formación para las nuevas incorporaciones de trabajadores sin experiencia. Sin embargo, no cree que las empresas del sector comiencen a recortar derechos de los trabajadores en activo pero sí podrían acogerse a esta sentencia con las nuevas contrataciones, provisionando unas determinadas cantidades por si fuese recurrida y ganada.

 

En cualquier caso, conviene precisar que la sentencia no es firme, pues es susceptible de ser recurrida ante el Tribunal Supremo, por lo que el CEL recomienda que cualquier actuación empresarial, en éste u otro sector con similar problemática, se adopte previo oportuno asesoramiento.

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