La Junta prorroga el confinamiento perimetral de Castilla y León hasta el 23N
Ante la evolución de la pandemia en Castilla y León y con la finalidad de reducir la movilidad y, por tanto, evitar la propagación del virus, la Consejería de Sanidad ha decidido prorrogar las limitaciones de la entrada y salida de las personas del territorio de la comunidad autónoma.
El BOCYL publica hoy, 9 de noviembre, el ACUERDO del Presidente de la Junta de Castilla y León 12/2020 por el que se prorroga la limitación de la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad de Castilla y León.
Este acuerdo producirá efectos desde las 14:00 horas de hoy, 9 de noviembre, hasta las 23:59 horas del día 23 de noviembre.
Recordamos que las limitaciones son las siguientes:
Limitación de la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad de Castilla y León:
- Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:
a)Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
b)Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
c)Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de Educación Infantil.
d)Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
e)Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f)Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
g)Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
h)Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
i)Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
j)Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
k)Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
- La circulación por carretera y viales que transcurran o atraviesen estará permitida siempre y cuando tengan origen y destino fuera del territorio de la Comunidad de Castilla y León.
- Estará permitida la entrada y salida de personas del territorio de la comunidad derivada de aquellos acontecimientos deportivos de ámbito geográfico superior al de la comunidad de Castilla y León que se desarrollen en parte en el territorio de ésta.