Villablino y La Pola de Gordón, obligadas a cerrar el interior de la hostelería
El Consejo de Gobierno aprobó el 5 de abril el Acuerdo por el que se adoptan, a partir del 6 de abril, nuevas medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para la contención de la COVID-19, que afectarán a un total de 21 municipios repartidos en siete provincias de la Comunidad, incluidas cinco capitales y dos municipios leoneses: Villablino y La Pola de Gordón.
- Municipios afectados:
Este régimen afectará a las siguientes localidades:
- LEÓN
o Villablino
o La Pola de Gordón
- BURGOS:
o Burgos
o Medina de Pomar
o Briviesca
o Miranda de Ebro
- PALENCIA:
o Palencia
o Cervera de Pisuerga
o Aguilar de Campóo
o Villamuriel de Cerrato
o Venta de Baños
- SALAMANCA:
o Villamayor
o Santa Marta de Tormes
o Carbajosa de la Sagrada
- SEGOVIA:
o Segovia
o Riaza
o El Espinar
- SORIA:
o Soria
o Burgo de Osma
- VALLADOLID:
o Valladolid
o Tudela de Duero
- Medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional:
Se adoptan, para los municipios anteriores, las siguientes medidas
a) Suspensión de todas las actividades de restauración en el interior de los establecimientos. Excepto:
i. Servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o vehículo.
ii. Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.
iii. Servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.
iv. Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.
v. Servicios de restauración de establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción.
b) Suspensión de la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.
En estos municipios, seguirán siendo de aplicación, además, las medidas sanitarias preventivas que con carácter ordinario establece para el nivel de alerta 4, en el que se encuentra la Comunidad.
- Aplicación de las medidas adoptadas:
a) Los ciudadanos deberán colaborar activamente en el cumplimiento de las medidas.
b) En todo caso, los incumplimientos individualizados podrán constituir infracción administrativa.
- Ampliación y reducción de los municipios relacionados en el Anexo.
La Junta de Castilla y León actualizará cada 7 días naturales, el Anexo de municipios atendiendo a los indicadores empleados para la adopción de estas medidas.
- Efectos:
El presente Acuerdo producirá efectos desde las 00:00 horas del día 6 de abril de 2021 hasta las 23:59 horas del día 19 de abril de 2021.
