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13/04/2021 10:32
Título documento: BOCYL
Temas: Castilla y León, Covid-19, Hostelería
El municipio de San Andrés del Rabanedo, con una incidencia de 166 casos por 100.000 habitantes, se suma a La Pola de Gordón y Villablino con el interior de los bares y restaurantes cerrados. Decisión que recoge hoy el BOCYL que publica el ACUERDO 37/2021, de 12 de abril, de la Junta de Castilla y León, por el que se actualiza la relación de municipios a los que se aplican las medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional previstas en el Acuerdo 33/2021, de 5 de abril.
Este régimen afectará a las siguientes localidades:
o Villablino
o La Pola de Gordón
o San Andrés del Rabanedo
o Burgos
o Medina de Pomar
o Briviesca
o Miranda de Ebro
o Lerma
o Palencia
o Cervera de Pisuerga
o Aguilar de Campóo
o Villamuriel de Cerrato
o Venta de Baños
o Salamanca
o Villamayor
o Santa Marta de Tormes
o Carbajosa de la Sagrada
o Béjar
o Villares de la Reina
o Segovia
o Riaza
o El Espinar
o Soria
o Burgo de Osma-Ciudad de Osma
o Valladolid
o Tudela de Duero
o Aldeamayor de San Martín
o La Cistérniga
o Arenas de San Pedro.
Se adoptan, para los municipios anteriores, las siguientes medidas
a) Suspensión de todas las actividades de restauración en el interior de los establecimientos. Excepto:
i. Servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o vehículo.
ii. Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.
iii. Servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.
iv. Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.
v. Servicios de restauración de establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción.
b) Suspensión de la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.
En estos municipios, seguirán siendo de aplicación, además, las medidas sanitarias preventivas que con carácter ordinario establece para el nivel de alerta 4, en el que se encuentra la Comunidad.
La Comunidad de Castilla y León mantiene su actual cierre perimetral y el toque de queda para la limitación de la movilidad ciudadana nocturna, entre las 22:00 horas y las 06:00 horas; además, las reuniones personales, tanto en espacios abiertos como cerrados, ya sean de uso público o privado, están limitadas a cuatro personas, con las excepciones de convivientes y de aquellas actividades con regulación específica.
a) Los ciudadanos deberán colaborar activamente en el cumplimiento de las medidas.
b) En todo caso, los incumplimientos individualizados podrán constituir infracción administrativa.
La Junta de Castilla y León actualizará cada 7 días naturales, el Anexo de municipios atendiendo a los indicadores empleados para la adopción de estas medidas.
El presente Acuerdo producirá efectos desde las 00:00 horas del día 13 de abril de 2021.
(Adjuntamos BOCYL)
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