El Plan de Emprendedores 2021 de la Diputación de León incrementa las ayudas

16/04/2021 11:07

Título documento: BOP

Temas: Autoempleo, Ayudas, Desarrollo rural, Diputación Provincial de León, Emprendimiento, Subvenciones


El pasado día 14 de abril, el Boletín Oficial de la Provincia publicó las bases específicas de la  convocatoria para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a emprendedores 2021.

  1. OBJETO:

Estas subvenciones tienen por objeto la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a apoyar el inicio de una actividad empresarial de un emprendedor en la provincia de León

  1. APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

La cantidad presupuestaria de las subvenciones es de un importe de 315.000 euros para el ejercicio 2021, 450.000 euros para el ejercicio 2022 y de un importe de 135.000 euros para el ejercicio 2023.

La resolución de la convocatoria quedará condicionada a la existencia de consignación adecuada y suficiente en la aplicación anteriormente indicada para el ejercicio 2021, para los ejercicios 2022 y 2023 quedará condicionada a la aprobación de sus presupuestos respectivamente.

Se establece una cuantía adicional de 180.000 euros, quedando condicionada a la declaración de disponibilidad de crédito como consecuencia de una ampliación o incorporación de crédito.

  1. BENEFICIARIOS:

Podrán beneficiarse de estas ayudas, las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:

a)Haber iniciado la instalación de un proyecto empresarial, como titular o cotitular y causar alta en el IAE, entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021.

b)En localidades de más de 2.000 habitantes no se admitirán las altas en la agrupación 67 del IAE.

c)Que el proyecto empresarial cuente con un plan de empresa que explique la idea del mismo, su financiación, refleje la situación inicial, una proyección de al menos tres años, y que la valoración final sea la de ser viable.

d)Que el domicilio de la actividad y el fiscal se encuentre en un municipio de menos de 20.000 habitantes de la provincia.

e)El beneficiario que sea profesional liberal deberá tener despacho abierto en el municipio de alta en el IAE.

f)Que no se encuentre dentro de los tres años anteriores a la edad mínima de jubilación.

g)No haber sido beneficiario en convocatorias de años anteriores.

h)Que entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 causen su primera alta en el régimen Especial de Trabajadores autónomos, o que llevando al menos dos meses en situación de no alta en el régimen Especial de Trabajadores autónomos, procedan a darse de alta en una actividad diferente como trabajadores autónomos.

  1. GASTOS SUBVENCIONABLES:

Los conceptos a subvencionar serán los siguientes:

–        Si el beneficiario es menor de 48 años: se subvencionará los gastos devengados por el alta en el régimen Especial de Trabajadores autónomos para la base mínima (944,40 euros en 2021), tipo con IT (30,30%), que tendrán la consideración de límites máximos.

–        Si el beneficiario tiene 48 años o más y es su primera alta en el régimen Especial de Trabajadores autónomos: se subvencionará los gastos devengados por el alta en el régimen Especial de Trabajadores autónomos para la base mínima (1.018,50 euros en 2021), tipo con IT (30,30%), que tendrán la consideración de límites máximos. Si el beneficiario en el periodo subvencionable estuviese en situación de IT por maternidad o cualquier otra circunstancia, el periodo subvencionable no se prorrogará.

  1. PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES:

Los plazos de presentación de solicitudes e importes a conceder serán:

a)Primer plazo: desde el día siguiente al de la fecha de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP hasta el 30 de abril de 2021.

b)Segundo plazo: del 1 al 31 de mayo de 2021.

c)Tercer plazo: del 1 al 30 de junio de 2021.

d)Cuarto plazo: del 1 al 31 de julio de 2021.

e)Quinto plazo: del 1 al 31 de agosto de 2021.

f)Último plazo: del 1 al 30 de septiembre de 2021.

El primer plazo tendrá un presupuesto de 320.000 euros, el presupuesto para el resto de plazos será de 80.000 euros cada uno.

De no agotarse el presupuesto en alguno de los plazos, se trasladará la cantidad restante para el siguiente plazo y así sucesivamente,

En el supuesto de ampliación de la aplicación presupuestaria, la cuantía de la misma se añadirá al importe del último plazo.

El plazo máximo de resolución de cada uno de los procedimientos será de 80 días naturales.

  1. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Y RESOLUCIÓN:

La subvención se adjudicará teniendo en cuenta los siguientes criterios:

a) Por localización en municipio con población de:

 i. Hasta 500 habitantes 5 puntos.

ii. De 501 a 1.000 habitantes 4 puntos.

iii. De 1.001 a 3.000 habitantes 3 puntos.

iv. De 3.001 a 5.000 habitantes 2 puntos.

v. De 5.001 a 20.000 habitantes 1 puntos

b) Por innovación: Si la actividad que se pretende instalar no existe:

i. En la provincia 3 puntos.

ii. En el municipio y colindantes 2 puntos.

iii. En el municipio 1 punto.

c) Por viabilidad del proyecto:

i. Por proyecto viable a 1 año 5 puntos.

ii. Por proyecto viable a 2 años 4 puntos.

iii. Por proyecto viable a 3 años 3 puntos.

d) Por inversión en inmovilizado:

i. Más de 20.000 euros 5 puntos.

ii. De 10.000, 01 a 20.000 euros 4 puntos.

iii. De 5.000,01 a 10.000 euros 3 puntos.

iv. De 3.000,01 a 5.000 euros 2 puntos.

v. Hasta 3.000 euros 1 punto.

e) Si el emprendedor tiene un grado de discapacidad igual o superior al 40%, 2 puntos.

f) Por empleo creado por cuenta ajena, 2 puntos.

La prioridad de la concesión de la ayuda vendrá dada por los puntos obtenidos por cada solicitante, concediéndose a aquellos a los que llegue el crédito, conforme a la puntuación y al mes de presentación.

Las solicitudes presentadas en alguno de los plazos que no hayan alcanzado la puntuación suficiente para obtener la ayuda, serán incorporadas a las presentadas en el siguiente plazo para una nueva valoración.

(Se adjunta BOP)

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