La Junta crea bonos descuento para turistas que vengan a Castilla y León tras el verano

26/05/2021 10:56

Título documento: BOCYL

Temas: Ayudas, Castilla y León, Hostelería, Hoteles, Junta de Castilla y León, Ocio, Turismo


El bono cofinanciado, que cubre hasta la mitad del gasto del turista, beneficia a alojamientos, establecimientos de restauración, contratación de guías y servicios de turismo activo. Las rebajas oscilarán entre 125 y 420 euros y se aplicarán entre el 15 de septiembre y el 31 de mayo de 2022, para desestacionalizar el turismo en la Comunidad.

El BOCYL publicó ayer, 26 de mayo, la ORDEN CYT/630/2021, de 17 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar parte del gasto de las personas físicas en el sector turístico de Castilla y León.

El sector turístico de Castilla y León se ha visto gravemente afectado por la pandemia de la COVID-19, entre enero y diciembre de 2020 los viajeros descendieron un 67,17% y las pernoctaciones lo hicieron un 65,03%, respecto al mismo período del año anterior. Este descenso de la actividad se ve claramente reflejado en el empleo, y así, durante el mes de diciembre de 2020, el número de afiliados a la Seguridad Social en el sector turístico disminuyó un 15,75%, respecto al mismo mes del año anterior.

La Junta de Castilla y León ha puesto en marcha acciones para apoyar a las empresas en esta crisis, centrándose así en la oferta y no en la demanda; por ello, las subvenciones cuyas bases se regulan en esta orden, ponen el acento en la demanda, persiguiendo un aumento de la misma que permitirá el sostenimiento y la reactivación del sector, así como del empleo vinculado a él.

  1. OBJETO:

La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar parte del gasto de las personas físicas en el sector turístico de Castilla y León, que se alojen en establecimientos de alojamiento turístico que estén inscritos en el Registro de Turismo de Castilla y León y que cuenten con el sello Turismo de Confianza.

Las subvenciones se articularán a través de un Bono Turístico denominado #DisfrutaCastillayLeón2021.

  1. CARACTERÍSTICAS DEL BONO #DisfrutaCastillayLeón2021:

Este bono consiste en una tarjeta prepago de carácter personal e intransferible, cofinanciada entre el solicitante y la Administración autonómica según los porcentajes que se indican a continuación.

La parte financiada por la Administración será la cuantía de la subvención otorgada por esta línea de subvenciones.

La cuantía de la subvención podrá ser desde 125€ hasta 420€, en función de las siguientes modalidades de tarjeta:

a)La tarjeta DISFRUTA podrá usarse en cualquier establecimiento o actividad turística adherido al Bono turístico.

b)La tarjeta DISFRUTA PLUS AGENCIAS, será para uso exclusivo en Agencias de Viaje para la contratación de alguno de los paquetes turísticos vinculados al Bono Turístico y ofertados por las Agencias de Viaje adheridas a éste.

Las personas beneficiarias de esta subvención, una vez realizado el copago de la parte que les corresponde, recibirán una tarjeta con el importe total cargado para su uso en los establecimientos y actividades turísticas adheridos al Bono Turístico.

  1. BENEFICIARIOS:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, las personas físicas mayores de edad, que dispongan de DNI y NIE en vigor, y que se alojen en algún establecimiento turístico de Castilla y León adherido al Bono turístico #DisfrutaCastillayLeón2021.

No podrán adquirir la condición de beneficiarios quienes incurran en alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  1. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS:

Los beneficiarios, estarán sujetos a las obligaciones que, con carácter general, se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y a aquellas otras que puedan prever las correspondientes convocatorias.

Así mismo, los beneficios quedan sujetos a las siguientes obligaciones:

a)Realizar el ingreso de la parte que le corresponda en el plazo y condiciones que se establezcan en la correspondiente convocatoria. Una vez finalizado el plazo citado sin que se haya realizado el ingreso, se entenderá que desiste de su solicitud de subvención.

b)Realizar gasto con la tarjeta por el importe total de la misma.

c)Realizar al menos una pernoctación en alguno de los establecimientos adheridos a este Bono Turístico.

d)Para los beneficiarios de la tarjeta DISFRUTA, realizar el pago parcial o total del servicio de alojamiento a través de dicha tarjeta.

e)Para los beneficiarios de la tarjeta DISFRUTA PLUS AGENCIAS, contratar uno de los paquetes turísticos vinculados a este bono a través de una de las agencias de viajes adheridas y realizar el pago por medio de dicha tarjeta.

  1. CUANTÍA:

La cuantía global de las subvenciones se determinará, según las disponibilidades presupuestarias, en la correspondiente convocatoria.

La cuantía individualizada de cada subvención será del 50% del importe de la tarjeta, para la modalidad de tarjeta DISFRUTA¸ y del 60% para la tarjeta DISFRUTA PLUS AGENCIAS.

  1. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA LA ADHESIÓN AL BONO TURÍSTICO:

Podrán adherirse al Bono turístico los establecimientos de alojamiento y restauración, actividades de intermediación turísticas, de turismo activo y otras actividades no vinculadas a un establecimiento físico, así como los guías de turismo establecidos en la Comunidad que cumplan estos requisitos:

a)Estar inscritos en el Registro de Turismo de Castilla y León.

b)Tener actualizados los datos contenidos en dicho Registro.

c)Los establecimientos que ofrezcan el servicio de alojamiento deberán disponer del sello de Turismo de Confianza que podrán obtener en la página de la Junta de Castilla y León https://www.com/es/selloturismodeconfianza.

d)Las Agencias de Viajes que cuenten con una oferta de paquetes turísticos a disposición del Bono turístico #DisfrutaCastillayLeón2021, siempre que todos los servicios que se oferten en dichos paquetes sean prestados en los establecimientos o actividades turísticas adheridas al Bono, y por los importes fijados en esta orden. Estos paquetes deben incluir el servicio de alojamiento de al menos una noche.

La adhesión al Bono Turístico de los establecimientos y actividades turísticas se realizará a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, en el plazo y según los modelos normalizados que se establezcan en la correspondiente orden.

  1. SOLICITUDES:

Las solicitudes se presentarán telemáticamente junto con la documentación, en el plazo y según los modelos normalizados, que se establezcan en la convocatoria, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de castilla y León, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.

El plazo de presentación de las solicitudes será el que se fije en la convocatoria, sin que pueda ser inferior a quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de ésta en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Se presentará una única solicitud por solicitante y convocatoria.

  1. RESOLUCIÓN:

El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de DOS MESES  a contar desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación.

Transcurrido dicho plazo sin que haya dictado y publicado la resolución, los solicitantes podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

  1. ENTRADA EN VIGOR:

Esta orden entrará en vigor hoy, 26 de mayo de 2021.

(Se adjunta BOCYL)

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