Registro salarial: una nueva obligación para todas las empresas

14/04/2021 10:56

Temas: Empresa, Igualdad, Inspecciones, Laboral, Recursos Humanos


El Círculo Empresarial Leonés celebró el pasado 8 de abril una jornada gratuita sobre implantación del Plan de Igualdad y Registro Salarial, en colaboración con la firma asociada, Grupo Data. Una iniciativa para impulsar la igualdad real y equitativa entre hombres y mujeres en el ámbito laboral y facilitar a las empresas el cumplimiento de esta norma.

De hecho, desde hoy, 14 de abril, todas las empresas deberán tener listo el registro salarial que busca lograr la igualdad retributiva entre ambos sexos, tal y como marca el Real Decreto 902/2020 de 13 de noviembre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que fue aprobado por el Gobierno el pasado mes de noviembre.

Este registro salarial es un documento en el que constan los valores medios y los medianos de todos los salarios de los trabajadores de una empresa. En él se incluyen, además, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales, desagregados por sexos y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor, conforme a lo establecido en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores.

Deberán estar reflejados todos los empleados de la empresa, incluido el personal directivo y los altos cargos. Bajo el principio de transparencia retributiva, el objetivo de esta nueva norma es evitar discriminación laboral por razón de sexo en materia retributiva, desarrollando los mecanismos necesarios para identificar y corregir la discriminación en este ámbito y luchar contra la misma.

La Administración inspeccionará de manera conveniente que las empresas cumplan con esta nueva regulación desde su entrada en vigor, e impondrá severas sanciones a quienes lo incumplan.

Modelo de registro para las empresas

Dadas las dificultades que han tenido algunas empresas en la elaboración de estos registros, sobre todo las más pequeñas, el Gobierno ha creado una herramienta que se presentará próximamente.

No hay un modelo de registro retributivo único ni uniforme, sino que cada empresa podrá utilizar el que mejor se ajuste a sus circunstancias. Es un documento dinámico, actualizable, que debe estar a disposición de los trabajadores y de la Inspección de Trabajo, si ésta lo requiere.

Cuando en una empresa con al menos 50 trabajadores, el promedio de las retribuciones a los trabajadores de un sexo sea superior a los del otro en un 25 % o más, el empresario deberá justificar que el motivo responde a causas objetivas y no supone una discriminación de género. Si no lo hiciera, habrá sanciones.

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